Número de matrícula terminado en: | Pasarán la ITV en el mes de: |
0 | Enero |
1 | Febrero |
2 | marzo |
3 | Abril |
4 | Mayo |
5 | Junio |
6 | Julio |
7 | Agosto |
8 | Septiembre |
9 | Octubre |
Los ciclomotores de menos de tres años están exentos de inspección y una vez que alcancen esta antigüedad deberán someterse a revisión cada dos años. Así lo refleja el Real Decreto 711/2006, de 9 de junio, que establecía la inspección técnica periódica para los ciclomotores de dos y tres ruedas, cuadriciclos y quads, con la siguiente frecuencia:
| Hasta tres años | De más de tres años |
Ciclomotores de dos ruedas | exento | bienal |
| Hasta cuatro años | De más de cuatro años |
Motocicletas | exento | bienal |
Vehículos de tres ruedas | exento | bienal |
Cuadriciclos | exento | bienal |
Quads | exento | bienal |
Ciclomotores de tres ruedas | exento | bienal |
Cuadriciclos ligeros | exento | bienal |
Las comunidades autónomas podían retrasar la obligatoriedad de la ITV para estos vehículos hasta tres años, de modo que no todas la han establecido aún. Este plazo de tiempo ha servido para preparar las infraestructuras y maquinaria necesarias para ofrecer un servicio de este tipo.
El Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de Aragón dispuso por Orden de 30 de marzo de 2007 que a fecha 1 de enero de 2008 todas las estaciones de ITV de Aragón adaptasen sus instalaciones para permitir la inspección a los ciclomotores de forma adecuada, así como que dispusiesen de unidades móviles con el equipo necesario para realizar las inspecciones técnicas en todos aquellos municipios de Aragón que no tuviesen una estación de ITV fija. De esta forma, todos aquellos ciclomotores que se encuentren en municipios donde no haya estación de ITV podrán pasar la inspección desplazándose a una ITV cercana o hacerlo en una unidad móvil cuando ésta acuda a su localidad según el calendario establecido que se comunicará con antelación a los ayuntamientos.
En estos momentos Aragón dispone actualmente de estación de ITV en las siguientes localidades:
- Provincia de Huesca: Huesca, Monzón, Barbastro, Fraga, Sabiñánigo, Sariñena, Tamarite de Litera, Benasque y próximamente Aínsa.
- Provincia de Teruel: Teruel, Alcañiz, Cantavieja, Sarrión, Calamocha, Calaceite y próximamente Montalbán.
- Provincia de Zaragoza: Zaragoza (Polígono industrial de Malpica), Utebo, Calatayud, Ejea de los Caballeros, Tarazona, Quinto de Ebro y próximamente Cariñena.
Las adaptaciones realizadas en las estaciones de ITV han consistido básicamente en la instalación de equipos para medir la velocidad de los ciclomotores y en el acondicionamiento de los recintos para el control de las emisiones sonoras.
Procedimiento de inspección para ciclomotores
El procedimiento a seguir en la inspección está establecido en el manual de procedimiento de inspección de las estaciones de ITV elaborado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en colaboración con las comunidades autónomas. Este manual fue revisado para incluir a este tipo de vehículos. La inspección consiste básicamente en el control de los elementos de seguridad activa como frenos, dirección, alumbrado o señalización, aunque destacan los siguientes controles que también se realizan:
1. Control de la velocidad. En el caso de los ciclomotores de cambio automático (próximamente se incluirán también los de cambio manual) se va a controlar si superan la velocidad máxima permitida por construcción a este tipo de vehículos (45 km/h). La prueba se hará en un banco de rodillos libres y si se supera el valor equivalente de 60 km/h será calificado como defecto grave.
2. Emisiones sonoras. A todas las motocicletas y ciclomotores de dos ruedas se les realizará un control de emisiones sonoras. El valor límite será el indicado por el fabricante a un determinado régimen de referencia del motor (que está indicado en la documentación del vehículo y en una placa o etiqueta que debe llevar) con un margen de 4 decibelios. Los vehículos antiguos que no dispongan de este valor, en ningún caso podrán superar los 91 decibelios. Si se supera este límite será calificado como defecto grave.
3. Emisiones contaminantes. A todos los vehículos de dos y tres ruedas y cuadriciclos con motor de encendido por chispa de cuatro tiempos (próximamente se incluirán también los de dos tiempos) se les realizará un control de emisiones contaminantes (CO). El valor límite será el declarado por el fabricante y, en su ausencia:
- Para los vehículos matriculados antes del 17 de junio de 2003, 4,5% en volumen de CO.
- Para los vehículos matriculados a partir del 17 de junio de 2003, 0,5% en volumen de CO.
4. Opacidad. A todos los vehículos de dos y tres ruedas y cuadriciclos con motor de encendido por compresión matriculados a partir del 1 de enero de 1995 se les realizará un control de opacidad de las emisiones contaminantes.
5. Modificaciones no autorizadas. En todos los vehículos se comprobará si existen modificaciones, sustituciones o eliminaciones no autorizadas de algún componente del sistema de escape.
6. Placa antimanipulación. En los ciclomotores de dos ruedas y motocicletas de dos ruedas cuya cilindrada sea inferior o igual a 125 cm3 y potencia inferior a 11kW, matriculados a partir del 17 de junio de 2003, se comprobará la existencia y legibilidad de la placa antimanipulación. En esta placa se indican las piezas o componentes que deberán ir marcados de manera duradera e indeleble con números de código y los símbolos de identificación atribuidos por el fabricante del vehículo o el de las piezas y componentes.
7. Placas de matrícula. En todos los vehículos se comprobará el emplazamiento y fijación de las placas de matrícula. Las placas defectuosas, no legibles, que tengan un emplazamiento no reglamentario o riesgo de desprendimiento serán calificadas como defecto grave.
Parque de ciclomotores y motocicletas en Aragón y obligatoriedad de la inspección
En Aragón, el parque de ciclomotores en el año 2006 era el siguiente:
| Ciclomotores |
Zaragoza | 37.456 |
Huesca | 10.881 |
Teruel | 8.603 |
Aragón | 56.940 |
En Aragón, el parque de motocicletas en el año 2006 era el siguiente:
| Motocicletas |
Zaragoza | 30.581 |
Huesca | 8.783 |
Teruel | 4.791 |
Aragón | 44.155 |
La Inspección Técnica de Vehículos es obligatoria para los vehículos que por su año de matriculación deban pasarla. No cumplir con esta obligación puede poner en peligro la seguridad del usuario del vehículo y del resto de usuarios de la vía. También puede ser motivo de sanción por parte de la policía local o de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.